En algún que otro artículo ya hemos mencionado que, debido a la pandemia, hay muchas personas que han decidido reformar su vivienda porque, durante el tiempo que pasaron en casa se dieron cuenta de que esta no se adaptaba a sus necesidades. Esto ha hecho que el mercado de las reformas haya reflejado un aumento, al igual que lo ha tenido el de las casas prefabricadas.
Normalmente, agosto es un buen mes para acometer reformas, y el verano en general, como ya os explicábamos en este artículo, debido a que se dispone de más tiempo libre para supervisarlas y nos liberamos del estrés de tener que trabajar a la vez que tenemos obreros en casa haciendo ruido y levantando polvo.
Pero no todo es tan fácil como llamar a una cuadrilla de personas y ponerse a picar en la pared porque, en muchos casos, dependiendo de las reformas que vayamos a acometer debemos solicitar una licencia para realizarlas. Si no es así, podemos enfrentarnos a sanciones económicas por parte del Ayuntamiento correspondiente, que puede considerar ilegal nuestra reforma.
LO PRIMERO, SABER QUÉ QUEREMOS HACER EXACTAMENTE
Porque no es lo mismo pintar una pared o quitar los azulejos de la cocina que tocar elementos estructurales de la vivienda.
Tenemos que pararnos a pensar si necesitamos reformar un piso porque los baños o la cocina están desactualizados, porque las instalaciones son antiguas y no funcionan bien, etc., pero también analizar si es porque realmente algunas necesidades respecto a la vivienda han cambiado y anotar cuáles son. A partir de ahí, a lo mejor es necesario ponerse en contacto con un profesional cualificado que nos diseñe un proyecto adecuado, cumpliendo con la normativa legal y que nos dé una idea de la cantidad de dinero aproximado que nos costaría. Cumplir con la normativa en relación a licencias es importante porque a la hora de legalizar la reforma, si esta no cumple con las directrices estipuladas por el Ayuntamiento correspondiente, no se podría.
Pero, ¿qué es una licencia de obra? Una licencia de obra es un permiso que se solicita al Ayuntamiento de la localidad en donde esté la vivienda y que, dependiendo de qué vayamos a hacer, tendremos que pedirla de un tipo u otro.
La normativa urbanística es más o menos común a todas las administraciones locales, pero sí que pueden variar los requisitos. Por regla general, podemos diferencias las licencias urbanísticas o de obra en dos tipos: licencia de obra menor y licencia de obra mayor. Cada un requiere distintos tipos de documentación para su solicitud y aprobación y tienen un precio diferente.
Si la obra que vamos a realizar en nuestra vivienda va a modificar sólo su distribución, se solicitará una licencia de obra menor, sin embargo, para reformas que afecten a un elemento estructural, afecta a un elemento comunitario o va a generar un cambio de uso, será necesaria una licencia de obra mayor.
En Madrid, si la obra no afecta a la estructura de la vivienda ni afecta a ningún elemento protegido ni requiere Proyecto Técnico, se debe pedir una declaración responsable de actuaciones urbanísticas mientras que, si la obra va a tocar elementos estructurales, como vigas, apertura de vanos en paredes, etc., tendremos que pedir una licencia de obras por procedimiento ordinario abreviado y sí necesitaremos un Proyecto Técnico realizado y visado por un profesional competente.
Si la reforma que vamos a hacer son cosas como pintar, cambiar los suelos o los azulejos de baños o cocinas, cambiar lo techos de yeso o renovar las instalaciones de agua, luz, etc., cosas que no afectan ni a distribución ni a estructura, no debemos pedir ninguna licencia de obra, solo debe efectuarse un acto comunicado al Ayuntamiento indicando que se van a hacer pequeñas reparaciones en la vivienda y la licencia se obtendrá automáticamente.
Además, debemos ser conscientes de que, hagamos la reforma que hagamos, vamos a generar escombros y a necesitar un saco o contenedor de escombros por lo que tendremos que pedir una autorización para la ocupación de la vía pública. Esta se debe pedir con un mínimo de dos días antes de la colocación en la vía del contenedor o el saco si se ocupa una zona de estacionamiento o de 15 días si se ocupa acera, zona peatonal o zona especial de estacionamiento.
Se hace de modo muy sencillo: se rellenan los impresos, se paga la tasa y se entregan en la oficina de atención al ciudadano o en la Junta Municipal más cercana y, si no quieres desplazarte, también puede hacerse de forma telemática, como es el caso de Madrid desde la web del Ayuntamiento de Madrid.
¿QUÉ PASA SI NO PEDIMOS LA LICENCIA CORRESPONDIENTE?
Si realizamos obras sin permiso o licencia, no solamente nos pueden multar, sino también podemos ocasionar daños a terceros, como ruido y suciedad a los vecinos. Si antes de comenzar nuestra reforma, consultamos con profesionales, como nosotros, gestionarán los permisos necesarios y se encargarán de que todo salga bien.
Si el Ayuntamiento del municipio donde se ubique la vivienda en la que se están realizando las obras, se da cuenta de que estas no cuentan con la licencia pertinente, abrirá un expediente administrativo donde se registrará la paralización de las obras además de que puede reseñar una sanción económica por no presentar la documentación requerida en el Ayuntamiento para obtener la autorización, incluso, en algunos casos más graves, se puede llegar a pedir a la persona que está a cargo de la obra que derribe el trabajo ya realizado y vuelva a dejar todo como estaba, cargando los costes en la persona que solicitó la reforma.
Las multas por obras sin licencia si se incurre en una infracción leve, pueden ir desde los 300 a los 6.000€ y, como mínimo, el 2% del valor de la obra.