Como ya hablábamos en el artículo anterior, cuando nos embarcamos en la compra de una vivienda, no solo debemos fijarnos en el precio de esta y en si podremos afrontar los pagos mensuales de las cuotas hipotecarias, sino que debemos tener en cuenta que existen otros gastos y abonos de impuestos derivados de la compraventa, pero también de la hipoteca.
En el artículo de la semana pasada fuimos desglosando los gastos asociados a la compraventa y al pago de los impuestos correspondientes y hoy vamos a analizar cuáles son los que derivan al solicitar la hipoteca.
¿QUÉ GASTOS SUPONE CONTRATAR UNA HIPOTECA?
En primer lugar, cuando procedemos a solicitar un préstamo hipotecario en cualquier entidad bancaria, nos van a pedir una tasación de la vivienda. Esta tasación puede hacerse mediante la contratación de una empresa independiente, siempre que esté homologada por Banco de España, o mediante la solicitud de tasación a través de la entidad bancaria donde se ha solicitado, o se va a solicitar, el préstamo hipotecario. Sea como sea, este servicio tiene un coste que, en 2021, dependiendo de empresa, entidad, tipo de inmueble y valor, puede oscilar entre 250 y 600€ ya que no está regulado por ley, depende del profesional y corre a cargo del comprador.
Respecto al tema de la tasación, con la Nueva Ley de Crédito Hipotecario de 2019, ya está regulado que sí debe ser abonada por el consumidor, pero, en el caso de todas las hipotecas contratadas antes de 2019, y según sentencia del Tribunal Supremo, el banco debe devolver al consumidor el 100% de los gastos de tasación, pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, gestoría y el 50% de los gastos de notaría. Para ello, el cliente que contrató la hipoteca antes de la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria de 2019, deben declarar la abusividad de la cláusula donde se recojan estos pagos dentro del contrato de préstamo hipotecario.
Una vez valorado el inmueble, la entidad bancaria, como norma general presta un 80% de ese valor por lo que, al 10-20% que debe tenerse ahorrado para pagar los gastos provenientes de la compraventa, la hipoteca y los impuestos, debe añadirse ese 20% restante, por lo que, en total, antes de decidirse a comprar una vivienda debe tenerse ahorrado, o disponer, aproximadamente, de un 30% del valor de la vivienda a comprar.
Tras la tasación de la vivienda, nos encontramos con los gastos de notaría, que actualmente corren a cargo del banco, y que se generan al dar otorgamiento de escritura pública del crédito hipotecario. Las tasas están fijadas a nivel estatal, dependiendo del valor del inmueble y del profesional que de fe.
Posteriormente a que el notario firme las escrituras, estas deben inscribirse en el Registro de la Propiedad para que quede constancia de que el propietario de la vivienda es el comprador. Los gastos de registro, actualmente, también corren a cargo de la entidad bancaria y se generan aplicando un porcentaje fijado por ley en función del valor del inmueble. Al hilo de este trámite administrativo, cuando hay obligación notarial para el registro del crédito hipotecario, se debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados realizando el pago de una determinada cantidad que, desde 2018, repercute sobre los bancos y no sobre el consumidor.
En el caso de la compra de una vivienda de segunda mano, también existe el pago del impuesto sobre la Plusvalía Municipal , ya hablamos de él en uno de nuestros artículos, pero, este impuesto corre a cargo del vendedor y no del comprador, como ya hemos comentado en uno de nuestros artículos.
Por último, los dos últimos gastos que nos podemos encontrar en el apartado de hipoteca son los costes de gestoría y de apertura de hipoteca. Respecto a los gastos de gestoría podemos indicar que, al ser un servicio generalmente solicitado por la entidad bancaria para realizar los trámites administrativos, es asimilado por éste y la gestoría debe devolver al hipotecado el dinero que no haya sido gastado además de toda la documentación al abono de los pagos no asumidos por el banco.
En el caso de la apertura de hipoteca, depende de la entidad bancaria y oscila entre un 0’5 y un 1% del valor solicitado, que se deduce de la cantidad prestada por dicha entidad, aunque, actualmente, entre un 85 y un 90% de los bancos ya contemplan un 0% de comisión de apertura.
Ya sabemos que la compra de una vivienda, sobre todo si es la primera vez, puede ser algo complicado debido a la cantidad de trámites a realizar pero, contando siempre con un asesoramiento experto como el de Calibe Asesores Inmobiliarios, el proceso de compra del hogar de tus sueños será más fácil.