Pese a la subida de los tipos de interés, el precio de los pisos se resiste a bajar. Reformar la vivienda en vez de comprar una nueva, es una opción que ha hecho que el mercado de las reformas haya aumento notablemente en estos tiempos.
Según qué tipo de reforma vayamos a acometer, será necesario solicitar una licencia para realizarlas si no queremos enfrentarnos a sanciones económicas por parte del Ayuntamiento correspondiente, que puede considerarla ilegal y abrir un procedimiento sancionador contra nosotros.
Pero, ¿ qué es una licencia de obra ? Una licencia de obra es un permiso que se solicita al Ayuntamiento de la localidad en donde esté la vivienda y que, dependiendo de qué vayamos a hacer, tendremos que pedirla de un tipo u otro.
La normativa urbanística es más o menos común a todas las administraciones locales, pero sí que pueden variar los requisitos. Por regla general, podemos diferencias las licencias urbanísticas o de obra en dos tipos: licencia de obra menor y licencia de obra mayor. Cada una exige diferentes requisitos y presentación de distintos tipos de documentación para su solicitud y aprobación, a la vez que cambia el precio que hay que pagar por ellas.
Si la obra que vamos a realizar en nuestra vivienda va a modificar sólo su distribución, se solicitará una licencia de obra menor, sin embargo, para reformas que afecten a un elemento estructural, afecta a un elemento comunitario o va a generar un cambio de uso, será necesaria una licencia de obra mayor.
En Madrid, si la obra no afecta a la estructura de la vivienda ni afecta a ningún elemento protegido ni requiere Proyecto Técnico, se debe pedir una declaración responsable de actuaciones urbanísticas mientras que, si la obra va a tocar elementos estructurales, como vigas, apertura de vanos en paredes, etc., tendremos que pedir una licencia de obras por procedimiento ordinario abreviado y sí necesitaremos un Proyecto Técnico realizado y visado por un profesional competente.
Si la reforma que vamos a hacer son cosas como pintar, cambiar los suelos o los azulejos de baños o cocinas, cambiar lo techos de yeso o renovar las instalaciones de agua, luz, etc., cosas que no afectan ni a distribución ni a estructura, no debemos pedir ninguna licencia de obra, solo debe efectuarse un acto comunicado al Ayuntamiento indicando que se van a hacer pequeñas reparaciones en la vivienda y la licencia se obtendrá automáticamente.
Además, debemos ser conscientes de que, hagamos la reforma que hagamos, vamos a generar escombros y a necesitar un saco o contenedor de escombros por lo que tendremos que pedir una autorización para la ocupación de la vía pública. Esta se debe pedir con un mínimo de dos días antes de la colocación en la vía del contenedor o el saco si se ocupa una zona de estacionamiento o de 15 días si se ocupa acera, zona peatonal o zona especial de estacionamiento.
Ante la inexistencia de la licencia pertinente, el Ayuntamiento abrirá un expediente administrativo donde se registrará la paralización de las obras existiendo la posibilidad de reseñar una sanción económica por no presentar la documentación requerida, incluso, en algunos casos, podrá ordenar el derribo del trabajo ya realizado revirtiéndolo a la situación anterior, cargando los costes en la persona que realizó la reforma.
Las multas por obras sin licencia si se incurre en una infracción leve, pueden ir desde los 300 a los 6.000€ y, como mínimo, el 2% del valor de la obra, por lo que merece la pena seguir los cauces que la legislación indica al respecto.